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07papa franciscocontraEL VATICANO SE INCORPORA A LA NORMATIVA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCION Y EL CRIMEN ORGANIZADO
14/07/2013
Bueno sería que los críticos de siempre de la Iglesia reconocieran la ejemplaridad de las medidas dispuestas por el Santo Padre Francisco a solo 100 días de asumir su Pontificado.
Carlos Álvarez Cozzi
Por ‘Motu proprio’ de 11 de julio de 2013 emitido por el Santo Padre Francisco, el Vaticano se adhirió a la normativa convencional contra la corrupción y el lavado de activos además de aprobar normas en materia de Derecho Penal interno y de Derecho Procesal Penal Internacional, que hablan muy bien de la Santa Sede. Comienza exponiendo que “en nuestro tiempo, el bien común está cada vez más amenazado por la delincuencia organizada y transnacional, el uso indebido de las condiciones económicas y del mercado, así como del terrorismo. Por tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte instrumentos jurídicos adecuados que permitan prevenir y combatir la criminalidad, favoreciendo la cooperación judicial internacional en materia penal”.
 
En efecto, se adhiere el Vaticano a la Convención de Naciones Unidas de 1988 sobre Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, a la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000 y a la Convención Internacional contra el Terrorismo de 1999, entre otras. Las tres son constitutivas del combate internacional contra el crimen organizado trasnacional, como el narcotráfico, el lavado de activos y la financiación del terrorismo. (“La asistencia penal y la extradición en los delitos de narcotráfico y lavado de activos”, pág. 9, del autor, Ediciones del Foro, Uruguay, 2001). Asimismo, se suma a los instrumentos internacionales contra la corrupción.
 
Dichos tratados prevén normas de asistencia penal internacional y extradición, eficaces y modernas, que han permitido a la comunidad internacional dar respuesta a la creciente criminalidad organizada, que mueve sumas multimillonarias de activos, incluso mayores que el presupuesto de varios Estados. Como es sabido, el crimen organizado infecta a las personas, las economías y las sociedades, por lo que su combate es un imperativo moral de bien común de la sociedad de las Naciones. Entre las medidas de asistencia destacan la actualización de las normas sobre confiscación, el bloqueo preventivo de bienes, la reformulación de la normativa sobre asistencia penal internacional con la adopción de las convencionales de los tratados arriba citados.
 
También se adhiere en lo atinente a los crímenes de lesa humanidad, el genocidio y otros crímenes, conforme a lo previsto por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
 
En materia de Derecho Penal interno elimina la pena de muerte en la línea de la más moderna Doctrina Social de la Iglesia, y prevé la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas. A la vez amplía el ámbito de aplicación de las normas contenidas en las leyes penales también a los miembros y empleados de los distintos organismos de la Curia Romana, las instituciones vinculadas a la misma, los organismos dependientes de la Santa Sede y las personas jurídicas canónicas, así como los legados pontificios y el personal diplomático de la Santa Sede.
 
Cabe destacar que con estas medidas el Estado Vaticano se pone al día con la normativa convencional ya ratificada por muchos Estados, a fin de prevenir y reprimir la delincuencia organizada trasnacional, que no mide límites a la hora de operar, evitando así la tentación de las mafias organizadas de ‘utilizar’ al peculiar Estado Vaticano para su accionar, perjudicando así a la Iglesia Católica Apostólica Romana.
 
Bueno sería que los críticos de siempre de la Iglesia reconocieran la ejemplaridad de las medidas dispuestas por el Santo Padre Francisco a solo 100 días de asumir su Pontificado.
 
Carlos Álvarez Cozzi
Catedrático universitario de Derecho en Uruguay
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