El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha determinado este martes en dos resoluciones que Francia violó las garantías fundamentales de dos mujeres al multarlas por llevar el niqab, el velo islámico que cubre el cuerpo entero y sólo deja al descubierto los ojos.
En 2012 dos mujeres francesas fueron procesadas y condenadas por vestir “prendas destinadas a ocultar sus rostros en público” en virtud de una ley adoptada en el país en 2010.
Según un comunicado emitido por la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, la ley francesa señala que "nadie puede usar” una prenda de vestir destinada a ocultar la cara en un espacio público.
La norma busca prohibir el uso público del velo islámico completo, que cubre toda la cara, dejando sólo una abertura estrecha para los ojos.
El Comité considera que la prohibición de llevar el niqab en público “menoscababa desproporcionadamente el derecho de los peticionarios a manifestar sus creencias religiosas”, y que Francia no ha explicado adecuadamente por qué es necesario prohibir esa vestimenta.
En concreto, al Comité no le convence la aseveración francesa de que” la prohibición de cubrirse la cara es necesaria y proporcionada desde el punto de vista de la seguridad, o con el objetivo de "vivir juntos en sociedad”.
Sin embargo, los expertos del Comité reconocen que los Estados pueden exigir que las personas muestren sus rostros en circunstancias específicas con fines de identificación. Lo que ocurre es que una prohibición general del niqab era demasiado amplia para este fin.
Asimismo, concluyen que la prohibición podría tener el efecto contrario: confinar a las mujeres en sus hogares, impedirles el acceso a los servicios públicos y marginarlas, en lugar de protegerlas.
El presidente del Comité, Yuval Shany, destacó que "las resoluciones no van en contra de la noción de laicidad, ni son un respaldo de una costumbre que muchos en el Comité, incluido yo mismo, consideramos como una forma de opresión de la mujer", dijo.
Francia tiene un plazo de 180 días para informar al Comité sobre las medidas adoptadas para aplicar la decisión del Comité, entre las que se incluye la indemnización de las dos peticionarias y las medidas adoptadas para impedir que se cometan violaciones similares en el futuro, incluida la revisión de la ley.
https://news.un.org/es/story/2018/10/1444152