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PUEBLOS ORIGINARIOS

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17TRABAJO RURAL INFANTILEs por explotar a menores de 16 años en una plantación de arándanos en Santa Teresa; La causa se inició tras una denuncia realizada por el gobierno provincial
24 de mayo de 2018 - 10:47

Este es el primer caso que denuncia el gobierno de la provincia que llega a juicio.

El Ministerio de Trabajo realizó una denuncia en 2016 tras detectar situaciones de empleo infantil en una plantación de arándanos en Santa Teresa (departamento Constitución), la cual fue elevada a juicio luego por el juez penal Ignacio Vacca. A los acusados, un matrimonio que explota ese terreno, se les atribuye el delito de aprovechamiento ilícito de trabajo infantil, en calidad de coautores.

En el marco de una inspección realizada por la cartera laboral, se constató que varios menores de entre 12 y 16 años trabajaban en condiciones precarias en el cultivo de arándanos.

Tras eso el ministerio formuló una denuncia contra los empleadores, tal como lo establece la Ley Nacional 26.847 que incorporó la penalización del trabajo infantil.

La norma pena con prisión de 1 a 4 años al que “aprovechare económicamente el trabajo de un niño en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil”.

La resolución del juez Vacca, que da apertura al proceso judicial, atribuye a los acusados “haberse aprovechado económicamente del trabajo de al menos cinco menores de edad, haciéndoles recoger manualmente los frutos de la plantación de arándanos que poseen con los fines de la comercialización privada. Las tareas suponen un trabajo riesgoso, en condiciones insalubres y un esfuerzo excesivo para la edad de los niños”.

El fiscal del caso pidió una pena de prisión de dos años para los acusados del delito de “aprovechamiento económico de trabajo infantil, en calidad de coautores penalmente responsables”.

En Argentina, la Ley N° 26.390 prohíbe el trabajo de menores de 16 años y la provincia de Santa Fe los de cualquier trabajo que pueda ser peligroso para su salud y desarrollo.

Desde la incorporación del trabajo infantil en el Código Penal, Santa Fe realizó 9 denuncias penales, siendo ésta la primera en que la Justicia ha imputado a los responsables de la explotación.

Protocolo

La denuncia se enmarca en las acciones diseñadas por la cartera laboral en el “protocolo para el abordaje de casos de trabajo infantil”. El mismo establece criterios y pautas de acción para la identificación de casos, atención a las víctimas y abordajes con el grupo familiar.

Actualmente el gobierno provincial cuenta con 35 Centros de Cuidado Infantil que funcionan en 25 localidades a lo largo de la provincia.

Los mismos responden a contextos acordes a cada sitio, brindando atención “integral para la protección social de niños de 0 a 4 años, como así también conteniendo con trayectorias escolares discontinuas”.

De esta manera, muchos padres pueden cumplir sus jornadas de trabajo con la tranquilidad de que sus hijos más pequeños quedan en un lugar seguro, con cuidados acordes a su edad.

Los Centros que funcionan en el ámbito rural reciben niños de trabajadores que desarrollan tareas en la producción y cosecha de frutas, verduras y hortalizas, como así también vinculadas a la actividad pesquera y a la producción tambera.

La apertura de los CCI está ligada a los meses de producción intensiva. Durante ese lapso, cada centro funciona en horarios que respondan a las necesidades de las familias.

En tanto, los CCI ubicados en áreas urbanas contienen a hijos de familias que trabajan en la construcción, recolección informal y casas particulares.

Trabajo adolescente

El Ministerio de Trabajo emite actualmente autorizaciones para que puedan trabajar adolescentes de 16 y 17 años en los casos que tales excepciones estén contempladas por la Ley de Contrato laboral.

Las autorizaciones se otorgan con el objetivo de preservar en todos los casos la salud física y psíquica de los niños y su permanencia en el sistema educativo obligatorio.

Los tipos de autorizaciones, que se emiten teniendo en cuenta el listado de Tareas Peligrosas diseñado por la provincia, son para el trabajo adolescente protegido (no pueden ser ocupados por más de seis horas diarias o 36 semanales), para la extensión de jornada laboral (para adolescentes de entre 16 y 18 años podrá ser extendida a ocho horas diarias o 48 semanales), para trabajo adolescente protegido en empresa familiar (los menores entre 14 y 16 años podrán ser ocupados en empresas de familia siempre que la jornada de trabajo no supere las tres horas diarias y las 15 semanales) y para trabajo artístico (previa evaluación de condiciones de trabajo).

https://www.elciudadanoweb.com/trabajo-infantil-dos-productores-van-a-juicio/

 

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¿La lucha contra el terrorismo internacional? Se acabó. ¿Las mayores amenazas a los Estados Unidos? Rusia y China ¿Una guerra mundial? Debemos

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