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Entrevista de La Izquierda Diario(*) al abogado Pablo Ghirardo especialista en DDHH, de Uruguay

Por Karina Rojas y Sebastián Iniesta-10 de agosto de 2020

En entrevista con el abogado especialista en derechos humanos, conversamos sobre el impacto de la LUC (Ley de Urgente Consideración), el poder, la impunidad que se le confieren a las fuerzas represivas y las consecuencias en el sector más pobre de la sociedad, la justicia “de clase”, la desigualdad en el trato y el concepto de “abuso policial”.

-¿Cómo ves el panorama represivo, a partir de la votación de la LUC?

“La LUC, en materia represiva, no cambia una política estatal, sino que lo que hace es profundizar esas políticas, agudizar distintos mecanismos que ya venían ejecutándose, y al mismo tiempo tiene una fuerte carga simbólica de "lo que no dice la LUC", pero sí interpretan ciertos sectores de la sociedad. Vamos a ver punto por punto: ¿Por qué decimos que profundiza y agudiza ciertas políticas en materia de seguridad y represión? Porque sigue la misma lógica de hace 35 años. Desde la Ley de Seguridad Ciudadana en el año ‘95, el planteo concreto que ha hecho es aumentar penas, crear delitos, y restringir los mecanismos de libertades anticipadas, o de libertades durante los procesos de reclusión. Esa ha sido la política que aplicó Uruguay desde la Ley de Seguridad Ciudadana de Guillermo Stirling y Julio María Sanguinetti hasta el día de hoy; pasando por los aumentos de penas a los adolescentes y las adolescentes infractoras, pasando por la profundización de políticas de ataque al micro-narcotráfico en lugar de apostar a políticas estratégicas al crimen organizado, entonces en ese sentido la LUC va en ese camino. Si nosotros miramos por ejemplo en materia de estupefacientes lo que hace es atacar exclusivamente el micro-narcotráfico. Si miramos en materia de creación de delitos, vemos que hay un fuerte ataque a las personas que ya están presas. Hay una serie de delitos que se crean que son directamente a personas que ya están bajo el régimen de la Institución Nacional de Rehabilitación; por ejemplo, destruir dependencias del INR. Se crea, además, el delito específico que aumenta esas penas. En materia de delitos sexuales hace lo mismo, no hay una política que ataque las causas de los delitos sexuales, que sin duda son las bases de la sociedad patriarcal, sino que lo que hace es aumentar las penas. Entonces en ese aspecto no va a resolver esta dinámica”.

“También profundiza en materia de mayores potestades a la policía y menores garantías para la población, potenciando el estado policíaco. En los barrios más periféricos de nuestro país, nosotros vemos que la policía hace grandes operativos sin control ninguno del Poder Judicial y de las fiscalías. Bueno, acá lo que se hace con la LUC es darle rienda suelta para que la policía sea quien investigue los delitos. La fiscalía pierde el control sobre la investigación criminal, y lo pasa a tener (ese poder) la policía nacional. Si bien eso es algo que se venía dando de cierta manera, ahora se va a profundizar. ¿Y por qué decimos que tiene una fuerte carga simbólica? Porque por ejemplo, el artículo 1 que es el de legítima defensa, y el artículo 49 de la LUC que es el que establece un principio de legalidad y de inocencia a todo actuar policial. Es decir, se presume que el actuar policial siempre es legal y constitucional. Uno diría "bueno, eso ya es un cambio con respecto a la realidad anterior". Yo no hablo de un cambio, hablo de una legalización. ¿Por qué? Porque si miramos el año 2019 la policía mató entre 35 y 40 personas, excluyendo las muertes dentro de centros carcelarios. Y no hubo ninguna investigación. No hubo ningún policía formalizado entre esas 35 y 40 muertes, -dependiendo del criterio que optemos para medirlo- no hubo ningún policía formalizado. ¿Qué significa eso? Que no se inició ninguna investigación policial”.

“Entonces, cuando se te dice "bueno el artículo 1 y el artículo 49 habilitan el gatillo fácil", creemos que sí, que es así. Y brindan al actor policial ese blindaje, que ya había, lo que no había era una norma que lo legalizara. Y ahora va a estar la norma legalizadora. Por eso, aunque podría entenderse como un cambio "substancial", es substancial en lo normativo, pero en los hechos ya venía ocurriendo. Por eso digo que hay una legalización de prácticas violentas por parte de las fuerzas de seguridad”.

“Lo mismo ocurre frente al deber de identificación. Hasta el día de hoy, antes de la LUC, uno podía decir que las famosas "operaciones de rutina", las famosas intervenciones en los barrios pidiendo documentos, son ilegales. ¿Por qué? Vamos a hacer un destaque: Hoy decíamos que hubo una serie de normas de estos 35 años que venían en la misma línea de disminuir las garantías, y aumentar las potestades policiales. La ley de procedimiento policial del año 2008 redactada por -entre otros, pero principalmente por- Juan Faroppa, aumentaba las potestades de la policía en el marco de sus actuaciones; pero, por ejemplo, respecto a la "obligación" de presentar cédula era sólo en aquellos casos en los que hubiera un marco "racional" de sospecha. Si dentro de ese marco de racionalidad el efectivo policial entendía que esa persona podía ser sospechosa, estaba dentro de sus potestades detenerla y pedirle documentos. Pero no podía hacerlo a diestra y siniestra, a su antojo. Ya sabemos que eso pasaba. Es más, en el debate presidencial entre Lacalle y Martínez, éste último dijo que hubieron más de 400.000 operaciones de solicitud de identidad a las personas. Esa práctica no era legal. No tenía un marco normativo que lo respaldara. Se daba en la vía de los hechos. Bueno, ahora se legaliza, porque ahora en la LUC se establece el deber de identificación de toda persona cuando la autoridad policial lo requiera. Entonces ahora si se hace dentro del marco normativo.Bueno ese es otro de los ejemplos de legalización de prácticas que ya existían anteriormente”.

“Y lo otro que tiene la LUC en materia represiva es una fuerte carga simbólica, porque podemos ver -en el artículo 1 por ejemplo- que la legítima defensa tiene dos cambios sustanciales. Uno es respecto al actuar policial o de las fuerzas de seguridad en cumplimiento de acciones policiales, que eso encuadra el actuar del ejército en zonas fronterizas. Pero también se amplía en cuanto al lugar dónde se puede justificar, porque hasta hoy la legítima defensa se podía aplicar en el marco de que fuera dentro de la finca, dentro del hogar. Ahora se va a ampliar a los alrededores: azoteas, terrazas, balcones, patios. ¿Y el mensaje que se está dando cuál es? Es ni más ni menos que "dispara donde sea, que va a poder aplicarse la justificación de legítima defensa" en forma muy amplia, no en forma restrictiva como debiera ser, porque es una causa de justificación. Pero se amplía a tal nivel que todo puede ser legítima defensa”.

-Claro, hasta perseguir a un delincuente y matarlo por la espalda es legítima defensa.

“Claro, bueno ahí entramos en otro criterio que es, ¿cuál es el criterio que aplica el poder judicial? Por eso yo digo, el poder judicial ha entendido incluso que disparar por la espalda es legítima defensa. Lo cual a mí me parece absolutamente absurdo. ¿Qué mensaje se está dando hoy con esta ley? Que todo puede estar justificado, incluso el dar muerte a otra persona. ¿En qué? En defensa de la integridad física, y de la vida, pero también del patrimonio. Porque la LUC agrega el elemento de protección patrimonial dentro de la legítima defensa. Por eso es grave. Por tanto, creo que lo central es que va a haber una mayor violencia social, porque hay mayor habilitación a los particulares a usar armas de fuego”.

“Recordemos que otro de los cambios que hace la LUC es el permitir a funcionarios policiales en situación de retiro a hacer uso de armas de fuego, y que a todo el actuar de esos funcionarios se le debe aplicar la normativa que se le aplica a los procedimientos policiales. Entonces, verdaderamente es altamente peligroso y habla de eso. De que va a generar una mayor violencia social, no solo por parte de las fuerzas de seguridad sino de quienes respaldan esas políticas de violencia social”.

-Ligado a esto, ¿cuáles serían los sectores sociales más perjudicados con este avance represivo?

“Sin dudas que van a ser las personas que el sistema penal selecciona en su actuar, siempre hablando de la selectividad del sistema penal. ¿Qué es eso? Hay un montón de conductas delictivas en la sociedad, pero el poder judicial de cierta manera no abarca todas, abarca a un pequeño conjunto de ellas que son las que captan los distintos operadores del sistema. Está la selectividad que ejercen primariamente las fuerzas de seguridad, pero también hay una selectividad en la normativa. ¿Por qué una rapiña tiene una pena mayor que un delito sexual? Porque hay una selectividad. ¿Y por qué es tal la diferencia, por ejemplo, con delitos de estafa, fraude u otro tipo de delitos que puede cometer cualquier persona? Porque la rapiña no la comete cualquiera. Ahora una estafa hay que estar en determinados lugares para incurrir en eso. Y por eso el delito es mucho menor. O el de abuso de funciones. O el de conjunción del interés público y privado, del cohecho, que son actos de corrupción. Nadie habla de esos delitos. Sin embargo, se reconoce que vivimos en un estado más corrupto, pero no se aumentan las penas para delitos de corrupción. Sí se aumentan las penas para delitos de rapiña, de hurto, que son los que cometen ciertos sectores de la sociedad”.

-Y los de corrupción los cometen los sectores más poderosos de la sociedad. Una persona "común y corriente" ni siquiera puede tener la posibilidad de incurrir en ese delito.

-Exacto, por eso yo hablo de selectividad de todo el sistema, no solo la selectividad que se hace por porte de cara, que es la que ejerce la policía. Entonces, ¿quiénes van a verse más perjudicados? Sin dudas las personas en situación de mayor vulneración social, personas en situación de calle, personas en conflicto con la ley penal. Es lo que nosotros denominamos, una profundización de la criminalización de la pobreza, y también de la protesta social. ¿Por qué? Porque se crean una serie de delitos como el delito de "resistencia al arresto", el delito de "agravio a la autoridad policial", el delito de "ruptura de un bien mueble o inmueble de la institución policial", son todas tipificaciones que atacan directamente a la pobreza y a quienes ejercen la protesta social. Sumado a eso, -y que no lo mencionábamos- se amplían las potestades para el uso de la fuerza y para el uso de armas de fuego de la policía con la LUC. Y directamente ataca a los sectores más empobrecidos y a los sectores de lucha social.

“¿Por qué digo esto? Porque el artículo 45 de la LUC en el sublateral F va a modificar la ley de procedimiento policial que preveía las situaciones en las que podía ejercerse la fuerza. O sea, podía hacerse uso de la fuerza pública. Y establece que incluso podrá disolverse una manifestación incluso si se intentara ocultar la identidad de los manifestantes. O si portaren "armas impropias". ¿Qué son "armas impropias"? Palos, cualquier tipo de objeto que pudiera ser un proyectil, yo pienso en el famoso palo de la pancarta, o de la bandera. Entonces ahí es donde uno se pregunta a dónde apunta, bueno apunta a esos sectores que están siendo criminalizados cada vez con más fuerza, la LUC va en ese sentido. Es un elemento más de esa profundización que hablamos en materia represiva y punitiva. Y también ataca a los sectores más marginados, porque al darle mayores potestades a la policía para la investigación penal, implica que la policía va a poder chantajear a las personas, va a poder ejercer presión sobre las personas, para que no queden dentro del sistema penal, para que no se haga un juicio”.

“Uno de los elementos centrales de la LUC en materia represiva es el artículo que prevé las declaraciones en sede policial. Se vuelve a instalar, -se había eliminado con el código del proceso penal último- la posibilidad que la policía interrogara sobre hechos. Eso sólo lo podía hacer la fiscalía o por atribuciones delegadas la policía, pero bajo responsabilidad de la fiscalía. Ahora la LUC va a permitir que la policía indague sobre los hechos, y tenga determinadas atribuciones que son muy peligrosas. Y en ese sentido también se modifica en buena manera el régimen de investigación en cuanto a revisión de equipaje, a la revisación de espacios públicos por parte de la policía. Tiene potestades que antes no tenía. Esas libertades que va a tener la policía, esas potestades que tiene la policía recaen siempre en la limitación de las garantías de las personas más vulnerables. Porque quienes conocen sus derechos generalmente "saltan" si hay un accionar policial fuera de la ley. Ahora, quienes viven en zonas más periféricas y conocen menos sus derechos, no lo pueden hacer. Y la policía también lo sabe. Y por eso también lo ejerce de otra manera. Por eso la fuerte carga simbólica. La policía prácticamente puede hacer todo. Y ese es el mensaje que se está transmitiendo: "Somos dueños y señores del accionar penal". Y eso va a recaer en la gente que no conoce sus derechos, porque sobre quienes tienen posibilidad de pagar abogadas o abogados, no va a recaer ese problema. Volvemos a la selectividad de ciertos sectores. Quienes tienen oportunidad de pagar los grandes estudios penales, mucho menos todavía”.

-¿La LUC viola los derechos humanos?

“Siendo conservadores en la respuesta podemos decir que no viola los derechos humanos, pero crea todas las condiciones para que se violen. Insisto. En una respuesta conservadora. De hecho, yo creo que sí violenta las garantías de las personas en un estado de derecho, y por tanto sí se estarían violando los derechos humanos. Pero aún en una respuesta muy conservadora, si no los viola, genera todas las condiciones para que se haga. Y eso es lo más grave, porque -vuelvo a insistir- ¿quién lo va a hacer? La policía que está blindada jurídicamente en su actuar”.

¿La LUC es anticonstitucional?

“Sin lugar a dudas varios de sus artículos, tanto en materia de seguridad como en materia de educación, y en otras áreas, creo que es inconstitucional también. Otro cantar va a ser si el poder judicial -que es un poder judicial de clase- estará dispuesto a considerarlo inconstitucional o no. Pero a priori yo creo que violenta, -ni que hablar por ejemplo- a la modificación que se le hace al derecho a la huelga. Claramente es inconstitucional. Respecto al tema de los piquetes, es claramente inconstitucional. Pero insisto, yo diría que conservadoramente crea las condiciones para que se violen los derechos humanos, y en un sentido más amplio de la violación de los derechos humanos, sí lo hace porque va a ser el estado el responsable de esas acciones”.

-Venimos de movilizaciones importantes contra la LUC. ¿Cómo podríamos contribuir a que este movimiento se desarrolle?

“Creo que existe desde el año pasado, del "No a la reforma", que comenzó un cuestionamiento fuerte a las políticas punitivistas y represivas. Que el conjunto de las organizaciones sociales hayamos coincidido en que se llevan más de 30 años de continuidad de políticas represivas y punitivistas, es un avance enorme para nuestra sociedad. Que se hable de punitivismo en 2020 era impensado quizás en 2015. Entonces, en ese sentido, sí hay un claro avance en cuanto al reconocimiento del estado policíaco en el que estamos. Sin embargo, creo que en la sociedad en su conjunto estamos muy lejos de que haya un cuestionamiento contundente al accionar policial. Todavía seguimos viendo los hechos de violencia como “abusos”. La violencia policial es permanente, es institucional y se da todos los días en cada acto. Cuando entendamos eso podemos pasar recién a entender el cuestionamiento a la institución como tal. Sigue siendo la sociedad que ve hechos aislados y no en su conjunto. Hasta tal extremo llegamos que -como yo mencionaba- hubieron más de 35 personas muertas en 2019 a manos de la policía, y sin embargo destacados dirigentes de la izquierda institucional afirman una y otra vez que en Uruguay "por suerte no hay gatillo fácil".

-¿Qué opinas de las movilizaciones en Estados Unidos en repudio al asesinato de George Floyd?

“Bueno, creo que sin dudas hay un "basta" muy fuerte en cuanto a la arbitrariedad policial. Y un detalle que no es menor es el régimen estatutario que se le quiere dar a la policía hoy con la LUC; ese "blindaje" que hablábamos del artículo 1 y el artículo 49, tiene mucho que ver con la normativa que protege a las fuerzas policiales en Estados Unidos. Entonces vamos hacia una policía que está blindada jurídicamente y, por tanto, que está en condiciones de actuar discrecionalmente y ejercer la violencia discrecionalmente. Que fue lo que pasó en Estados Unidos, lo que pasó en Chile, lo que pasa en Uruguay. A mayor o menor escala, es lo que pasa en todos los países. La policía se siente con potestades suficientes para hacer y deshacer a su entender. Y después cuesta mucho el enjuiciarlos. Porque, por ejemplo, la LUC prevé que sólo actuará el poder judicial si hay prueba en contrario. Es decir, las víctimas del accionar policial son quienes tienen que aportarle pruebas al sistema judicial para poder iniciar una investigación. Y no, a contrapelo de lo que establece un estado de derecho democrático, que es que el propio estado controla a quienes hacen uso de la fuerza legítima en forma monopólica”.

“La Constitución y la normativa internacional prevé que la única institución que puede utilizar la fuerza en forma legítima es el Estado. Si le sacamos controles a ese uso excepcional de la fuerza, resulta paradigmático y también peligroso. Creo que eso es hacia donde se va. Esa discusión que está dándose en Estados Unidos respecto al rol de la policía, se puede ir trasladando internacionalmente. Creo que, en ese aspecto, los sistemas de comunicación internacionales favorecen que ese debate se dé más rápidamente en otros países. Ojalá acá vayamos hacia ese lugar, y dejemos de ver como excepcionales las acciones policiales que violan derechos humanos todos los días”.

“Nosotros venimos investigando el caso de Pablo -el cuidacoches de La Blanqueada -y es verdaderamente estremecedor ver cómo de marzo a junio hay por lo menos cinco eventos de violencia directa, injustificada por parte de la policía. Con "injustificada" quiero decir que no había elementos al entender del estado para intervenir contra esta persona. Y, sin embargo, esta persona termina golpeada, amenazada e intimidada por parte de efectivos policiales. Y el 16 de junio se le mata al perro y no hay un actuar judicial. No hay una investigación judicial en curso”.

-En estos casos, lo único que se hace es un sumario administrativo dentro de la fuerza policial. O sea que son los mismos policías los que se investigan a sí mismos, y encima es un sumario administrativo. Ni siquiera ante tribunales donde uno tenga que demostrar pruebas respecto a lo que pasó.

“¡Claro! Si mañana cualquiera de los entrevistadores –ustedes, para poner un ejemplo- me denuncia por haberles pegado, la fiscalía va a iniciar una investigación buscando pruebas de mi culpabilidad. En estos casos se cambia el rol, y es la víctima quien tiene que demostrar que fue víctima. El estado queda paralizado, y no desata sus herramientas para evaluar si el accionar de la policía fue o no ajustado al derecho. Insisto, esto antes de la LUC ya pasaba. Ahora a partir de la aprobación de la misma queda legalizado, porque salvo que la víctima presente pruebas, no se realiza una investigación criminal.

-Con respecto a la consigna que empiezan a tomar sectores juveniles en Estados Unidos, de "disolución de la policía", ¿qué opinas al respecto?

“Creo que hay que caminar en ese sentido fuertemente. Estoy convencido que en una sociedad diferente deberíamos llegar a los autocuidados comunitarios, y todo lo que vaya en ese camino es altamente positivo. Sin dudas creo que culturalmente, filosóficamente en nuestro país nos faltan muchos años de debate porque como vemos vamos a contra-sentido. No olvidemos que el 47,86% de la ciudadanía entendió que había que permitir la cadena perpetua, que había que permitir los allanamientos nocturnos, que había que eliminar las libertades anticipadas. El 47,86 de la ciudadanía dijo eso. Y si bien no alcanzó para modificar la constitución, y por eso creemos que la LUC contraviene la voluntad popular, porque trae muchos elementos que fueron rechazados por la ciudadanía tanto en el plebiscito de "No a la baja" como en el plebiscito de "No a la reforma" del año pasado.Pero aún así, no podemos desconocer que hay gente que dijo sí a eso. Creo que hay que dar muchos debates, y también creo que debemos como sociedad caminar hacia una sociedad más igualitaria y más respetuosa de los derechos humanos para después poder dar ese salto en calidad que es imprescindible para una sociedad nueva como todas y todos queremos, pero que hay que recorrer mucho”.

-Por toda la nueva situación que se abre a partir de la LUC es obvio y es urgente contar con abogadas y abogados comprometidos con los derechos humanos. ¿Existe algo parecido? ¿Alguna red, organización social, colectivo?

“Bueno, en Uruguay venimos muy atrasados en eso, ¿no? A nivel de Argentina existen varias entidades y organizaciones que nuclean a abogadas y abogados comprometidos con las luchas sociales, y con los derechos de las personas más vulneradas. En Brasil pasa lo mismo, en Chile también. En Uruguay estamos atrasadísimos y atrasadísimas. Este año me consta, estamos siendo parte de un proceso de encuentros con otras colegas y otros colegas para, en primera instancia, avanzar en la defensa del derecho a la pobreza. Es decir, crear un mecanismo que las personas que son criminalizadas por ser pobres tengan defensas en ciertos aspectos. Y también a corto plazo respecto a la criminalización de la protesta. Pero es un camino que -creo yo– hay que transitarlo con mucho cuidado, y con mucho respeto de las diversas posiciones que tenemos, y de los tiempos que tenemos también porque es un trabajo militante que de alguna manera tenemos que hacer. Insisto, estamos atrasados, hay reuniones que van en ese camino. Se van generando normas que evidencian que se viene un ataque sistemático a luchadoras, luchadores, y a la gente más pobre. Entonces algunas y algunos estamos intentando encontrarnos, y hacer una serie de acuerdos que nos permitan transitar en ese sentido. Ojalá en la próxima entrevista podamos decir que está constituida una red de abogadas y abogados y que también las luchadoras y los luchadores sepan que cuentan con un respaldo - mínimo, pero real - para enfrentar la criminalización de la protesta”.

-Hay quién cree, honestamente que, desde la Facultad de Derecho, o desde la fiscalía o los juzgados debería haber también una voz contraria a la LUC. ¿Por qué no sucede eso?

“Daría como para tres notas. Sí es destacable mencionar que, por ejemplo, el Centro de Estudiantes de Derecho, en el marco de debate de la LUC hizo una serie de reuniones virtuales, en las cuales connotadas y connotados colegas cuestionaron los aspectos más críticos de la LUC. Hace unos meses el Fiscal General de la Nación en una nota con "Radio el Espectador" reconoció e incluso fundamentó que "en Uruguay existe una justicia para pobres, y una justicia para ricos". Y a nadie le "despertó las alarmas". Ninguna autoridad judicial dijo que no era cierto, por el contrario, un jerarca que ni más ni menos lleva adelante la administración del instituto acusatorio en Uruguay, porque la fiscalía de la nación es quien lleva adelante la acción penal, y quien llevaba adelante las investigaciones penales, -ahora las va a llevar adelante junto con la policía- dice "hay una justicia para pobres, una justicia para ricos" y lo tomamos como cierto. Que es cierto, sin dudas, porque hay un poder judicial de clase también. Yo me reía porque, cuando yo decía eso en una audiencia en Atlántida defendiendo personas ocupantes de terrenos, un magistrado me decía "doctor, no empecemos de vuelta con el discurso". Bueno, ahora lo dice el fiscal de la nación, ¿no? Pero no despierta todavía las suficientes alarmas como para empezar a cuestionar a todo el sistema judicial. Porque seguimos viendo casos aislados y no sistematizamos la realidad judicial”.

“La realidad judicial indica que hay más de doce mil personas presas, y altísimo porcentaje de personas jóvenes que vienen de sectores pobres. Un muy número pequeño (a tal punto que hay recintos específicos donde están presas las personas que) tienen poder adquisitivo más alto. ¿Las personas que están en un poder adquisitivo más alto no cometen delitos? ¿Pero, cómo? Si aumenta la explotación sexual, aumentan los delitos de corrupción, ¿cómo no aumenta la cantidad de personas presas que cometen esos delitos? La explotación sexual abarca a toda la sociedad, sin dudas. Pero quienes mayormente la ejercen son los sectores adinerados. Y sin embargo nos pasa que, el ejemplo más claro, de las 21 personas formalizadas -por el caso reciente de explotación sexual adolescente- con suerte no más de 3 tienen prisión preventiva”.

-Claro, la mayoría con prisión domiciliaria…

“Y algunas ni eso. Entonces sí, debe despertarnos la alarma. Creo que falta una visión crítica del derecho, que se ha perdido, producto también de una sensación social de que hay que "apretar las clavijas" para que haya más seguridad. Es un avance reconocer que el camino punitivista y represivo no resuelve el problema "seguridad", pero estamos muy lejos de reconocer que el sistema judicial, el poder judicial y el sistema penal son responsables de esa desigualdad. Y recién ahí cuando lo entendamos vamos a atacarla. A los abogados y las abogadas nos va a costar más porque estamos inmersos en ello y muchas veces terminamos siendo funcionales a esa operativa. Por eso creo que es difícil encontrar abogadas y abogados tan críticos que estén dispuestos a enfrentarse a todo un sistema”

“No hay un cuestionamiento -al sistema judicial- cuando a un gurí se lo formaliza, está con 120 días de preventiva, y después se demuestra que es inocente. Ahí nadie sale a cuestionar. Ningún político se interesa por saber cuántas de las formalizaciones de personas pobres terminan con condena de culpabilidad. Tampoco pasaba antes del 2017 cuando teníamos más del 50% de las personas en cárceles sin condena, y que muchas resultaban ser inocentes y estuvieron meses, o incluso años, presas. Entonces no escuché a ningún político cuestionar al poder judicial por esos fallos. Y sí pasa cuando se meten con el "establishment".

“Yo siempre recuerdo los mismos casos. Cuando un compañero o compañera antes del 2017 era criminalizado por ejercer la protesta social, era procesado, era conducido esposado en un móvil policial a hacerse el fichaje y posterior libertad. Pero en el caso de Fernando Lorenzo y el director del Banco República, cuando fueron procesados por el caso Pluna, fueron caminando hasta el lugar del fichaje, pero además hicieron de eso una acción política porque fueron acompañados por sus militantes. Y nadie cuestionó esa diferenciación, esa desigualdad que existe entre unas personas y otras. Yo creo que con eso queda más que claro el tratamiento que se le hace a las personas”.

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(*) Gentileza de Karina Rojas y Sebastián Iniesta de La Izquierda Diario

*Foto de Portada: www.laizquierdadiario.com.uy/ Pablo Ghirardo, fuente La Paloma Digital)

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