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petroleras1MINERAS Y PETROLERAS DEBERÁN LIQUIDAR LOS DÓLARES DE SUS EXPORTACIONES EN EL PAÍS
26 OCT 2011 10:40h
Así lo dispone un decreto presidencial. Hasta ahora, estaban beneficiadas por un régimen especial. Así, habrá más divisas en plaza y al Banco Central le resultaría más fácil controlar el precio del dólar. Mientras la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, salía a asegurarles a los banqueros que no habrá problemas con el dólar, el Gobierno preparaba la publicación de un decreto que obliga a las mineras y petroleras a liquidar las divisas de sus exportaciones en el país.
La medida, establecida en el decreto 1722 publicado hoy en el Boletín Oficial, elimina el régimen especial del que gozaban las exportaciones de petróleo, gas natural y licuado y productos mineros. El texto lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y el ministro de Economía, Amado Boudou.
Así, los dólares provenientes de esas exportaciones deberán obligatoriamente ingresar al mercado de divisas argentinos. Eso, por lo menos en principio, aumentará la oferta, lo que le facilitaría al Banco Central el control del precio del billete norteamericano. Según datos del INDEC, en los primeros nueve meses del año las exportaciones de combustibles y minería fueron de US$ 4.552 millones, una baja de 3% interanual, y de 499 millones en septiembre, para una caída de 9% en la comparación con igual mes de 2010. Hasta la fecha, en virtud del decreto 2703 de diciembre de 2002, las petroleras y mineras estaban obligadas a liquidar en el país al menos el 30% de los dólares provenientes de sus exportaciones, a diferencia de las cerealeras, que rinden el 100 por ciento.
En las últimas semanas, se incrementó la fuga de divisas y, consecuentemente, la demanda de dólares, con lo que la divisa estadounidense sufrió una presión al alza que la hizo subir dos centavos pese a las millonarias ventas del Central.
El decreto que reestablece la obligatoriedad de que petroleras y mineras liquiden las divisas de sus exportaciones en el mercado local menciona "razones de equidad" y argumenta que la decisión se tomó porque se modificaron "las circunstancias que dieran origen a las excepciones aludidas y con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agro exportador".
La norma que dispuso originalmente la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de la exportación de empresas productoras de petróleos crudos o de sus derivados, de gas natural y de gases licuados y mineras es el decreto 2581 del 10 de abril de 1964.

http://www.ieco.clarin.com/mercados/Mineras-petroleras-liquidar-dolares-exportaciones_0_579542233.html

minerasLO DISPUSO EL GOBIERNO NACIONAL            
PETROLERAS Y MINERAS DEBERÁN LIQUIDAR DIVISAS EN EL PAÍS

La medida surge a través del decreto 1722, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; por el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y por el ministro de Economía, Amado Boudou.
Según explica la norma, la disposición obedece a "razones de equidad".

El gobierno nacional restableció este miércoles la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de operaciones de exportación de petróleos crudos, sus derivados, gas y de empresas mineras.

La medida fue dispuesta a través del decreto 1722, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; por el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y por el ministro de Economía, Amado Boudou.

El decreto, publicado hoy en el Boletín Oficial, señala en sus considerandos que "las commodities que se exportan provenientes de las actividades minera y petrolera, recursos no renovables, cuentan con un régimen diferencial que las exime de la liquidación de divisas".

En el caso de las compañías petroleras, la libre disponibilidad de divisas es de 70%.

Según la norma, el restablecimiento de la obligación para las empresas petroleras y mineras de liquidar divisas en el mercado cambiario local, obedece a "razones de equidad".

El decreto justifica el cambio "con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agro exportador".

Señala, además, que se modificaron las circunstancias que dieron origen a excepciones en dicha obligatoriedad, inicialmente dispuesta mediante el decreto 2581, del 10 de abril de 1964.

Aquella norma, dictada durante la presidencia de Arturo Illia, establecía que el contravalor en divisas de la exportación de productos nacionales, hasta alcanzar su valor FOB o CYF, según el caso, debe ingresarse al país y negociarse en el mercado único de cambio dentro de los plazos que establezca la reglamentación.

El decreto 530, del 27 de marzo de 1991 (durante la presidencia de Carlos Menem y con Domingo Cavallo en el Ministerio de Economía), devolvió a las empresas la facultad para manejar divisas fuera del país.

Esa situación volvió a suspenderse mediante el decreto 1606, del 5 de diciembre de 2001, ya en los últimos días del gobierno de Fernando de la Rúa y con el mismo Cavallo en Economía, ante la grave crisis de la convertibilidad.

En lo relativo a la minería, el decreto 417, del 27 de febrero de 2003, durante el interinato presidencial de Eduardo Duhalde, exceptuó a las empresas del sector de la obligación de liquidar divisas de exportación en el mercado cambiario nacional.

El decreto 753, del 17 de junio de 2004, bajo la presidencia de Néstor Kirchner, limitó esa facultad a las empresas mineras que presentaran nuevos proyectos o ampliaciones de unidades productivas existentes.

http://www.26noticias.com.ar/petroleras-y-mineras-deberan-liquidar-divisas-en-el-pais-141238.html


petrolerasEL GOBIERNO DISPUSO QUE PETROLERAS Y MINERAS LIQUIDEN DIVISAS EN EL PAÍS
26-10-11 | ECONOMÍA
Así lo establece un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial. Según la resolución, es para "otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas". Hacía varios años que estaban exceptuadas
El Gobierno restableció la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de exportaciones petroleras, de gas natural y licuado y de productos mineros.
Así fue dispuesto mediante el decreto 1722 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de la presidente Cristina Kirchner; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y del ministro de Economía y vicepresidente electo, Amado Boudou.
El sector exportador de hidrocarburos y de minería gozaba de un tratamiento diferencial para la liquidación de las divisas, pero ahora se decidió restablecer la obligatoriedad de volcar las divisas en el mercado local "por razones de equidad".
"Habiéndose modificado las circunstancias que dieran origen a las excepciones aludidas y, con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agroexportador", argumenta la norma.
Primariamente, la norma que dispuso la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de la exportación de empresas productoras de petróleos crudos o de sus derivados, de gas natural y de gases licuados y mineras es el decreto 2581 del 10 de abril de 1964.

http://www.infobae.com/notas/613386-El-Gobierno-dispuso-que-petroleras-y-mineras-liquiden-divisas-en-el-pais.html

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