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14informeoficialINFORME OFICIAL CONFÍA EN QUE SE CAERÁN LOS PLANTEOS MINEROS
Asesoría de Gobierno destaca que la Corte nacional ya declaró constitucional una ley de Chubut que prohibió el uso de cianuro.
Edición Impresa: jueves, 09 de febrero de 2012
Los reclamos antimineros detuvieron la marcha de proyectos metalíferos.
Marcelo Sivera
"Las provincias tienen plena potestad para imponer normas ambientales más restrictivas (que las nacionales) en atención a las particularidades de sus ecosistemas", asegura un informe de la Asesoría de Gobierno al Ejecutivo provincial. Se basa en la jurisprudencia sentada por la Corte Nacional en el fallo "Villivar, Silvana Noemí contra la provincia del Chubut y otros", del 17 de abril de 2007.

En esta resolución el máximo tribunal de la Argentina rechazó en 2007 (el mismo año de la aprobación de la ley 7.722 de Mendoza) el planteo de la minera El Desquite, que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de la ley 5501 de la provincia de Chubut. La norma prohibía el uso del cianuro en la minería a cielo abierto y establecía mecanismos de audiencia pública en el tratamiento del tema.
"Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y, a las provincias, las normas necesarias complementarias, ya que complementar supone agregar alguna exigencia o requisito no contenido en la legislación complementada", dice el fallo de la Corte Nacional usado como argumento por la Asesoría de Gobierno.

El criterio aplicado por la Corte nacional es el opuesto al de las empresas mineras, que consideraron que "existe una orden de prelación que impide a una ley provincial prohibir lo que autoriza una ley nacional".

En la Suprema Corte de Mendoza hay once planteos de empresas, un gremio y una persona vinculados con la minería, contra la ley 7.722 tal como informó Los Andes el domingo pasado. Uno de ellos (Vector Argentina) "se cayó" por vencimiento de plazos y otro fue desistido por la propia minera (El Portal del Oro). Los restantes son los de San Jorge (Coro Mining), dos de Depromisa (Lundin), Minera del Oeste; Minera Araucu, Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica, Raúl Concina, dos de Minera Río de la Plata y uno de Cognito.

Todas las presentaciones judiciales pidieron la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2 y 3 de la ley provincial 7.722. Argumentan que "violan el principio de igualdad ante la ley" porque resultan "discriminatorios y prejuiciosos por referirse a la actividad metalífera y no a otras actividades". Además "prohíben una actividad lícita; desbaratan derechos acordados y violentan la seguridad jurídica". Argumentan también que la ley "es retroactiva, es arbitraria; consagra una perpetuidad normativa y desnuda una incoherencia legal".

Mientras se desarrollaba la etapa de producción de la prueba las mineras incorporaron como "hecho nuevo" el rechazo legislativo al proyecto San Jorge, considerando que existe inconstitucionalidad en el artículo 3 de la norma que impone la revisión legislativa. Según destaca la Asesoría de Gobierno, este argumento "no fue utilizado al atacar la norma inicialmente".

http://www.losandes.com.ar/notas/2012/2/9/informe-oficial-confia-caeran-planteos-mineros-623106.asp

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