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23opiniondelitoECUADOR: CUANDO LA OPINIÓN PUEDE SER DELITO
 23 de julio de 2011 BBC    Paúl Mena Erazo
Quito
 Tres directivos del diario El Universo y un ex columnista fueron condenados a tres años de prisión.
A diferencia de lo que sucede en otras partes del continente, en Ecuador, la opinión puede llegar a ser un delito penal.
Sentenciar a prisión a los tres principales directivos y un ex columnista del diario El Universo tras una demanda del presidente ecuatoriano, Rafael Correa, por injurias no habría sido posible si en Ecuador estuvieran despenalizados los llamados delitos de opinión. Los delitos de injurias constan en la normativa ecuatoriana dentro del ámbito penal, y no dentro del campo civil. La diferencia está en que en lo penal una persona hallada culpable puede ser castigada con prisión, lo que no ocurre en lo civil, donde la pena se concentra en una reparación económica.
Por otro lado, en Ecuador se mantiene vigente el llamado delito penal de desacato, el cual ha sido derogado en la mayoría de países de la región.
En un comunicado de abril pasado, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), resalta que países como México, Panamá, Brasil, Uruguay, Argentina, Costa Rica, han despenalizado, en diversas formas, delitos de injurias y calumnias, en especial cuando se trata de expresiones sobre funcionarios públicos.
En tanto, un informe de la misma Relatoría señala que Argentina, Paraguay, Costa Rica, Perú, Panamá, El Salvador, Honduras, Guatemala, entre otros, han derogado el delito de desacato de su legislación.
La condena del pasado miércoles en el caso El Universo, que además incluye el pago de una millonaria indemnización, se basa en el Código Penal ecuatoriano, en los artículos referidos a injurias, uno de los cuales establece pena de hasta tres años de prisión a quienes "hubieren dirigido a la autoridad imputaciones que constituyan injuria calumniosa".
Este jueves, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH manifestó su preocupación por la sentencia contra el periódico ecuatoriano y anotó que "la existencia y aplicación de normas que penalizan la expresión ofensiva contra funcionarios públicos o leyes de desacato, en cualquiera de sus formas, resultan contrarias a los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión".
Falta de voluntad política
"Efecto amedrentador"
La Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH resaltó que la utilización del derecho penal para sancionar expresiones sobre funcionarios públicos" vulnera el artículo 13 de la Convención Americana, que protege la libertad de expresión".
La decisión del juez en el caso El Universo, dice la Relatoría, "puede constituir un medio de censura indirecta, dado su efecto amedrentador e inhibidor del debate sobre asuntos de interés público".
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que "los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad" y que "la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública".
Pero el caso de El Universo no es el único que en los últimos años se ha producido en Ecuador en cuanto a miembros de la prensa enjuiciados penalmente por supuestas injurias.
La organización Fundamedios registró 20 casos de juicios en contra de periodistas y medios de comunicación producidos desde 2008, de los cuales 13 corresponden a demandas por injurias.
El año pasado, el Estado ecuatoriano se comprometió ante la CIDH a despenalizar los llamados delitos de opinión; sin embargo, a decir del jurista Juan Carlos Solines, ha faltado voluntad política en las autoridades nacionales para cumplir dicho ofrecimiento.
Por otro lado, sectores de la sociedad civil han llevado adelante iniciativas como la acción de inconstitucionalidad del delito de desacato, presentada el 25 de mayo pasado ante la Corte Constitucional por la Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco de Quito y Fundamedios. La Corte hasta el momento no se ha pronunciado al respecto.
Entre tanto, este jueves, legisladores de oposición, encabezados por el asambleísta César Montúfar, presentaron un proyecto de ley para la eliminación del desacato y la despenalización de las injurias.
Pero esta iniciativa propone ir un paso más allá al plantear prisión de hasta tres años para funcionarios públicos que "atenten contra la libertad de expresión", "restringiendo u obstaculizando la investigación y difusión de información y noticias de interés público".
Legislación difusa

Correa dice que los periodistas no pueden insultarle a diestra y siniestra por el hecho de ser presidente.
En este contexto, el jurista Solines le dijo a BBC Mundo que la sentencia contra El Universo "demuestra no solo que la justicia no está operando independientemente en términos generales, sino que se están todavía utilizando normas que deberían haber sido eliminadas del ordenamiento jurídico ecuatoriano hace mucho tiempo, como la del desacato, que le otorga al funcionario público un rango superior al de cualquier otro ciudadano".
El presidente Rafael Correa, de su parte, con ocasión del caso de El Universo, ha dicho: "ya basta de criterios tan torpes, como el que por ser presidente o funcionario público uno deja de ser persona, deja de tener dignidad o no, deja de tener familia, y puede ser insultado a diestra y siniestra".
El mandatario insistió en que lo escrito en el diario sobre él fue una "calumnia tan monstruosa como acusar a un ser humano, que por casualidad es presidente, de asesino de lesa humanidad".
Correa alega que con el fallo judicial se "sienta un precedente que les va hacer pensar diez mil veces antes de dañar la honra de la persona".
El asambleísta oficialista y vicepresidente de la Asamblea Nacional, Rolando Panchana, le dijo a BBC Mundo que Ecuador ha tenido "una legislación difusa e incompleta" sobre el tema de los delitos de opinión.
Para el legislador, la Ley de Comunicación que se discute en la Asamblea puede ser una oportunidad para establecer una "arquitectura legal" que al abrir una instancia administrativa de aplicación de sanciones a medios y periodistas garantice la defensa a todo ciudadano afectado en sus derechos por un medio de comunicación, y a la vez evite conflictos en materia penal por delitos de opinión.
"No se puede ir hacia una despenalización de los delitos de opinión, sin ofrecerle al ciudadano común la posibilidad de que el derecho a la rectificación va a ser viabilizado de manera eficaz y sin dilaciones por parte de los medios de comunicación o de quienes emitan información inexacta", señaló Panchana a BBC Mundo.
No obstante, el jurista Solines insistió en que "nadie quita el que el periodista tiene la obligación de responder por sus escritos o sus dichos, pero eso no significa que tenga que desempeñar su trabajo en un régimen de amedrentamiento".
A decir del jurista, mientras se mantenga en la legislación ecuatoriana a los delitos de opinión dentro del ámbito penal hay el peligro de que se repitan casos como el de la sentencia contra diario El Universo.

http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2011/07/110722_ecuador_codigo_penal_correa_universal_fp.shtml

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