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26beneficiaDENUNCIAN QUE PROYECTO DE JUSTICIA TRANSICIONAL EN COLOMBIA BENEFICIA A MILITARES CON DELITOS
Jueves 10 de noviembre de 2011  Telesurtv
Rodríguez: la ley abre posibilidad de que los militares de ese país sean beneficiados con penas menores. (Foto: teleSUR)
El abogado colombiano Carlos Rodríguez, especialista en Derechos Humanos (DD.HH.), afirmó que el proyecto de justicia transicional aprobado este miércoles por la Cámara de Representantes de ese país, podría abrir la posibilidad de que los militares sean beneficiados con penas menores por delitos cometidos en el conflicto armado.
En entrevista a teleSUR, Rodríguez precisó que este proyecto que avanza en Colombia, “ofrece serias dificultades para el tema de los derechos humanos”, puesto que no destaca independencia en el sistema que enjuicia a militares por delitos cometidos.

En este sentido, expresó que lo grave es que pareciera que “todos los militares y policías no van a tener jurisdicción imparcial” a la hora de ser acusados por delitos de suma gravedad como violaciones y torturas.

“Nos preocupa que los militares no tengan un juez independiente e imparcial (…) todos los militares y policías no van a tener jurisdicción imparcial (… ) y lo más grave a mi juicio es las que no habrán investigaciones, pues la Fiscalía investiga todos los delitos, todas las operadoras que pueden constituir delitos”, expresó.

Antes de estas opiniones, esta tarde, el ministro colombiano de Justicia, Juan Carlos Esguerra, dijo que el proyecto como tal “no puede definir” quiénes serían beneficiarios de los nuevos mecanismos que se contemplan de manera general en este plan de reforma constitucional.

El titular también dijo que el Gobierno no tiene objetos “distintos” ni ocultos en la iniciativa, pues simplemente se trata de mecanismos alternos de justicia, que se podrían decretar por leyes posteriores, según haya posibilidades "de negociar procesos de paz, que todos esperamos que sea pronto".

Por otro lado, el representante Carlos Edward Osorio, ponente del proyecto, dijo que en “ningún momento se pretende abrirle paso a leyes de punto final ni de perdón y olvido, y mucho menos a indultos o amnistías”.

Según fuentes judiciales, la ley podrá diseñar instrumentos de justicia transicional de carácter judicial o no judicial que permitan garantizar los deberes estatales de investigación y sanción.

Los criterios de priorización y selección son inherentes a los instrumentos de justicia transicional.

El Congreso de la República, a iniciativa del Gobierno Nacional, determinará mediante ley los criterios de selección de esos instrumentos.

En consecuencia, el Congreso podrá autorizar la renuncia a la persecución penal o la suspensión de la ejecución de la pena. En todo caso se aplicarán mecanismos no judiciales para el esclarecimiento de la verdad y la reparación administrativa de las víctimas.

Los instrumentos de justicia transicional serán excepcionales y en ningún caso podrán aplicarse a los miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que no hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno Nacional.

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